Cardón IV aplica el Sistema de Permisos de Trabajo en todas aquellas actividades, servicios, manejo de materiales y productos, que involucren riesgos a la salud, a la seguridad de los trabajadores, al ambiente y/o a la integridad de las instalaciones, para asegurar que desde la fase de planificación, hasta el cierre de la obra o servicio, se identifiquen, evalúen y controlen los riesgos asociados, con el fin de prevenir incidentes, accidentes, enfermedades ocupacionales e impactos ambientales.
Todo trabajo a realizarse en áreas restringidas o no restringidas requiere la realización de un Análisis de Riesgos (A.R.T.), los Certificados para Trabajos Especiales que apliquen y los Procedimientos de Trabajo asociados a la actividad a ejecutar.
Todo trabajo, a realizarse en área restringida, donde se requiera intervención del equipo o instalación o se afecte la continuidad del proceso, requiere del otorgamiento de un Permiso de Trabajo “en Frío o en Caliente”, el cual debe ir acompañado del Análisis de Riesgos correspondiente, los Certificados para Trabajos Especiales que apliquen y los Procedimientos de Trabajo asociados a la actividad a ejecutar.
Todo trabajo a realizarse en tuberías de agua, vapor o aire dentro de las áreas de proceso, debe tratarse como un trabajo en área restringida.
Para aquellos trabajos en áreas restringidas, que por la naturaleza de los mismos representan riesgos al personal (trabajos de inspección, trabajos de limpieza), se podrá utilizar como mejor práctica la emisión de un permiso de trabajo en frío o cualquier otra práctica que permita controlar los riesgos asociados a estas actividades, adicionales a los Procedimientos de Trabajo y Análisis de Riesgos del Trabajo necesarios para toda actividad.
Ningún trabajo urgente o de emergencia autoriza su ejecución, sin la debida autorización de la Gerencia custodia y sin el cumplimiento de las reglas y procedimientos del Sistema de Permisos de Trabajo.
Durante la fase de planificación de la obra o servicio, debe realizarse el Análisis de Riesgos correspondiente para identificar las medidas de prevención y control de dichos riesgos.
Cualquier excepción a esta Norma, debe ser considerada y aprobada por el Gerente del Proyecto Cardon IV.
El personal involucrado en el Sistema de Permisos de Trabajo (emisor / receptor) debe estar capacitado y certificado por un centro de capacitación reconocido por Cardón IV y autorizado por el Gerente respectivo.
El personal ejecutor de las actividades, donde se requiera la aplicación del Sistema de Permisos de Trabajo, debe estar capacitado en un centro de capacitación reconocido por Cardón IV y autorizado por la Gerencia responsable del trabajo.
Todo trabajo que involucre el Manejo de Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos deberá cumplir con lo establecido en la Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos (Decreto N° 5.554 Extraordinario del 13 de noviembre de 2001) y a los procedimientos específicos establecidos en el Sistema Integrado de Gestión HSE de Cardón IV.
Permisos de Trabajo en Frío y/o en Caliente
Los permisos de trabajo son documentos que evidencian que el lugar de trabajo y los equipos involucrados han sido previamente preparados e inspeccionados, para asegurarse de que el trabajo sea ejecutados bajo condiciones seguras y deben especificar claramente lo siguiente:
Si el permiso corresponde a un trabajo en frío o en caliente.
El sitio específico (instalación, planta, equipo, pozo, etc.) donde se va a realizar el trabajo.
Identificación de los riesgos.
La descripción del trabajo que se va a ejecutar.
Todas las condiciones que permiten que el trabajo se realice sin ningún riesgo, incluyendo las precauciones especiales tales como: aislamiento, prueba de gas, equipos de protección personal, equipos de protección respiratoria, medidas de seguridad y equipos contra incendios, entre otros.
La inclusión de procedimientos seguros de trabajo, dependiendo del nivel de riesgos de la actividad.
Vigencia del permiso
Fecha y hora.
Las firmas del emisor y ejecutor y/o receptor
La permanencia ó no del custodio/ receptor en el sitio de trabajo.
El requerimiento de la evaluación de las atmósferas Peligrosas
Áreas y Equipos Restringidos
Para efectos de este procedimiento, son consideradas áreas restringidas de Cardon IV, las siguientes instalaciones y equipos:
Estaciones de Flujo, estaciones de bombeo
Múltiples de distribución y recolección de crudo y de gas
Plantas procesadoras de crudo, plantas compresoras y de tratamiento de gas, plantas eléctricas, plantas de tratamiento de aguas, plantas de inyección de vapor, plantas de inyección de agua.
Subestaciones y equipos eléctricos dentro de estaciones de flujo
Patios de tanques
Taladros de perforación y de servicio (RA/RC)
Equipos de pulling
Oleoductos y gasoductos
Pozos
Calderas, calentadores, hornos
Unidades móviles de prueba
Sistema de almacenaje y distribución de líquidos combustibles
Recipientes que contengan o hayan contenido hidrocarburos
Acueductos
En todas estas áreas restringidas se requiere Permiso de Trabajo en Frío y/o en Caliente, para lo cual debe utilizarse el Formato HSE.O.FOR.SSO.01.01.SIG Permisos de Trabajo Frio Caliente, siguiendo las Instrucciones indicadas en el Anexo 1. Esto aplica a todo trabajo realizado por el personal ajeno a la operación de los equipos e instalaciones, menos para las actividades consideradas de bajo riesgo o rutinarias.
Solo para el caso de Taladros de perforación y de servicios, una vez autorizado por el Supervisor de Perforación de CARDON IV, podrá utilizarse el Formato para Permiso de Trabajo de la Contratista responsable de la perforación.
Para trabajos considerados de bajo riesgo o rutinarios no se requerirá la emisión de permisos de trabajo, pero si se requerirá el análisis de riesgos correspondientes y el Procedimiento de Trabajo. Los trabajos rutinarios serán definidos por el supervisor de CARDON IV y/o Custodio de la instalación, equipo o proceso.
Para las actividades bajo la responsabilidad de CARDON IV en el Golfo de Venezuela se aplica el Procedimiento HSE.O.PRO.SSO.02.SIG Análisis de Riesgo en el Trabajo (ART).
Para efectos de la emisión de permisos de trabajo en áreas No Restringidas tales como edificios administrativos, talleres, patio de materiales, áreas de construcción, otros, el análisis de riesgo determinará el requerimiento o no de un permiso de trabajo en función del nivel de riesgo evaluado.
Para trabajos en áreas compartidas con PDVSA, adicionalmente al permiso Cardon IV que corresponda (Excavación, Caliente, Frio, etc) se solicitará permiso al custodio de la instalación de acuerdo a lo establecido en la norma PDVSA del Manual de Ingeniería de Riesgos, vol. 1 “Sistema de Permisos de Trabajo” (IR-S-04), adicionalmente la determinación de estas áreas compartidas se realizara de acuerdo a la norma PDVSA del Manual de Ingeniería de Riesgos, vol. 1 “Determinación de zonas de seguridad en instalaciones industriales y áreas de protección de obras publicas” (IR-S-16).
Para trabajos en áreas compartidas con otro tercero (diferente a PDVSA) Cardon IV establecerá la comunicación directamente con el ente involucrado y solicitara las autorizaciones correspondientes.
Prueba de Gas
Los permisos de trabajo son documentos que evidencian que el lugar de trabajo y los equipos involucrados han sido previamente preparados e inspeccionados, para asegurarse de que el trabajo sea ejecutados bajo condiciones seguras y deben especificar claramente lo siguiente:
Si el permiso corresponde a un trabajo en frío o en caliente.
El sitio específico (instalación, planta, equipo, pozo, etc.) donde se va a realizar el trabajo.
Identificación de los riesgos.
La descripción del trabajo que se va a ejecutar.
Todas las condiciones que permiten que el trabajo se realice sin ningún riesgo, incluyendo las precauciones especiales tales como: aislamiento, prueba de gas, equipos de protección personal, equipos de protección respiratoria, medidas de seguridad y equipos contra incendios, entre otros.
La inclusión de procedimientos seguros de trabajo, dependiendo del nivel de riesgos de la actividad.
Vigencia del permiso
Fecha y hora.
Las firmas del emisor y ejecutor y/o receptor
La permanencia ó no del custodio/ receptor en el sitio de trabajo.
El requerimiento de la evaluación de las atmósferas Peligrosas
×
¡Hola!
Haga click en uno de nuestros representantes para chatear vía WhatsApp o envíanos un correo electrónico aInfo@coftah-elearning.com